Parte 1: Condiciones Generales de Compra (CGC)

§ 1 Ámbito de aplicación, forma

(1) Las presentes Condiciones Generales de Compra (CGC) se aplicarán a todas las relaciones comerciales
con nuestros proveedores («vendedores»). La CGC sólo se aplicará si el vendedor es un empresario (§ 14
BGB), una persona jurídica de derecho público o un patrimonio especial de derecho público
es.
(2) La CGC se aplicará en particular a los contratos de venta y/o entrega de bienes muebles.
cosas («bienes»). Salvo acuerdo en contrario, las CGC se aplicarán en la versión vigente en el momento de nuestro pedido.
válido o, en cualquier caso, en la última versión comunicada al vendedor en forma de texto como acuerdo marco
también para futuros contratos similares, sin que tengamos que volver a referirnos a ellos en cada caso individual.
tendrían que señalar.
(3) Las presentes CGC serán de aplicación exclusiva. Condiciones generales divergentes, contradictorias o complementarias
Las condiciones del vendedor sólo formarán parte del contrato si y en la medida en que nosotros las aceptemos.
hayan aceptado expresamente su validez por escrito. Este requisito de aprobación se aplica en todos los casos,
por ejemplo, aunque el vendedor haga referencia a sus condiciones generales en la confirmación del pedido
y no nos oponemos expresamente a ello.
(4) Declaraciones y notificaciones legalmente relevantes del vendedor en relación con el contrato (por ejemplo, fijación de un plazo,
recordatorio, cancelación) deben presentarse por escrito. La forma escrita en el sentido de estas AEB incluye
forma escrita y textual (por ejemplo, carta, correo electrónico, fax). Requisitos formales obligatorios y otros
Las pruebas, en particular en caso de dudas sobre la legitimidad del declarante, no se ven afectadas.
(5) Las referencias a la aplicabilidad de las disposiciones legales sólo tienen fines aclaratorios. Incluso sin
dicha aclaración, por lo que se aplican las disposiciones legales, en la medida en que no estén contenidas en las presentes CGC.
modificarse directamente o excluirse expresamente.

§ 2 Celebración del contrato

(1) Nuestro pedido se considerará vinculante tan pronto como se envíe por escrito o se confirme. Por razones obvias
Errores (por ejemplo, errores tipográficos y de cálculo) e incompletud de la orden, incluyendo
de los documentos de pedido con el fin de corregirlos o completarlos.
antes de la aceptación; de lo contrario, el contrato se considerará no celebrado.
(2) El vendedor está obligado a confirmar nuestro pedido por escrito en un plazo de dos semanas.
o, en particular, mediante el envío de la mercancía sin reservas (aceptación).
(3) La aceptación diferida se considerará una nueva oferta y requerirá nuestra aceptación.

§ 3 Plazo de entrega y retraso en la entrega

(1) El plazo de entrega especificado por nosotros en el pedido es vinculante y constituye una obligación contractual esencial.
Si el plazo de entrega no está especificado en el pedido y no se ha acordado otra cosa,
es de tres semanas a partir de la celebración del contrato. El vendedor está obligado a informarnos inmediatamente por escrito
si, por cualquier motivo, es probable que se superen los plazos de entrega acordados.
no puede cumplirse.
(2) Si el vendedor no presta su servicio o no lo presta en el plazo de entrega acordado o
Si incurre en mora, se determinarán nuestros derechos, en particular a la rescisión y a la indemnización por daños y perjuicios.
– de conformidad con las disposiciones legales. Las normas del párrafo . 3 no se ven afectados.
(3) Si el vendedor incurre en mora, podremos reclamar, además de otras reclamaciones legales, una indemnización a tanto alzado.
Indemnización por los daños causados por el retraso por un importe del 1% del precio neto por semana natural completada.
pero no más del 5% del precio neto de la mercancía entregada con retraso. Nosotros
se reserva el derecho a demostrar que se han producido daños mayores. El vendedor conserva el
Nos reservamos el derecho a demostrar que no se ha producido ningún daño o sólo un daño considerablemente menor.

§ 4 Cumplimiento, entrega, transferencia del riesgo, defecto de aceptación

(1) Sin nuestro consentimiento previo por escrito, el vendedor no tendrá derecho a modificar la mercancía que nos deba.
servicios prestados por terceros (por ejemplo, subcontratistas). El vendedor correrá con los
riesgo de contratación de sus servicios, salvo que se acuerde otra cosa en casos concretos (por ejemplo.
Restricción a las existencias). (2) La entrega se realizará DDP (de acuerdo con los Incoterms 2020 o la versión vigente correspondiente) en la dirección especificada en el
Pida la ubicación especificada. Si no se especifica el destino y no se ha acordado nada más,
la entrega debe efectuarse en nuestro establecimiento de Delmenhorst (rampa de carga asignada).
El destino respectivo es también el lugar de cumplimiento para la entrega y cualquier cumplimiento posterior
(la deuda se extingue en el domicilio del acreedor).
(3) La entrega irá acompañada de un albarán en el que se indicará la fecha (de expedición y de envío), el contenido del
entrega (número de artículo y cantidad) y la identificación de nuestro pedido (fecha y número).
Si el albarán de entrega falta o está incompleto, seremos responsables de los retrasos en la entrega resultantes.
tramitación y pago. Aparte del albarán de entrega, exigimos el correspondiente
albarán con el mismo contenido.
(4) El riesgo de pérdida accidental y deterioro accidental de la mercancía se transmitirá al cliente en el momento de la entrega de la mercancía.
a nosotros en el lugar de cumplimiento. En la medida en que se haya acordado la aceptación o, debido a la naturaleza del contrato
es decisivo para la transferencia del riesgo. En caso de aceptación, también se aplicarán las siguientes condiciones
se aplicarán en consecuencia las disposiciones legales de la ley sobre contratos de obras y servicios. La entrega o aceptación
Lo mismo ocurre si nos encontramos en mora de aceptación.
(5) En caso de que nos demoremos en la aceptación, se aplicarán las disposiciones legales. El vendedor debe
ofrecernos expresamente sus servicios, sin embargo, aunque sea para una acción o cooperación
se ha acordado un plazo concreto o determinable por nuestra parte (por ejemplo, suministro de material).
es. Si nos retrasamos en la aceptación, el vendedor podrá reclamar una indemnización de acuerdo con las disposiciones legales.
de sus gastos adicionales (§ 304 BGB). Si el contrato se refiere a un producto que debe fabricar el vendedor,
artículo no fungible (artículo a medida), el vendedor sólo tendrá otros derechos
si nos hemos comprometido a cooperar y somos responsables de la falta de cooperación.

§ 5 Precios y condiciones de pago

(1) El precio indicado en el pedido es vinculante. Todos los precios se entienden con IVA incluido.
IVA si no se indica por separado.
(2) Salvo que se acuerde otra cosa en casos concretos, el precio incluirá todos los servicios y prestaciones accesorias.
del vendedor (por ejemplo, montaje, instalación), así como todos los costes accesorios (por ejemplo, instalación adecuada).
Embalaje, aduanas, gastos de transporte, incluido cualquier seguro de transporte y responsabilidad civil)
en.
(3) El precio acordado se pagará en un plazo de 30 días naturales a partir de la entrega y ejecución completas.
(incluida cualquier aceptación acordada o requerida) así como la recepción de un
Factura pendiente de pago. Si efectuamos el pago en un plazo de 14 días naturales, concederemos
El vendedor nos concederá un descuento del 3% sobre el importe neto de la factura. En caso de transferencia bancaria, el pago es
a tiempo si nuestra orden de transferencia es recibida por nuestro banco antes de que expire el plazo de pago;
No nos hacemos responsables de los retrasos causados por los bancos que intervienen en el proceso de pago.
(4) No debemos intereses de vencimiento. En caso de impago, se aplicarán las disposiciones legales.
(5) Quedan excluidos los derechos de compensación y retención, así como la excepción de incumplimiento del contrato.
a nosotros en la medida permitida por la ley. En particular, tenemos derecho a retener los pagos adeudados,
mientras sigamos teniendo reclamaciones contra el vendedor derivadas de servicios incompletos o defectuosos.
tienen derecho.
(6) El vendedor sólo tendrá derecho de compensación o retención sobre la base de reclamaciones legalmente establecidas.
o reconvenciones indiscutibles.

§ 6 Confidencialidad y reserva de propiedad

(1) Ilustraciones, planos, dibujos, cálculos, instrucciones de ejecución, descripciones de productos
y otros documentos, así como muestras, especímenes, etc. (en adelante: documentos).
nos reservamos todos los derechos de propiedad y de autor. Dichos documentos se utilizarán exclusivamente para los contratos
servicio y devolvérnoslo una vez cumplido el contrato. Hacia terceros
los documentos deben mantenerse en secreto, incluso tras la rescisión del contrato. La obligación de confidencialidad
sólo expirará si y en la medida en que los conocimientos contenidos en los documentos facilitados
se ha hecho generalmente conocido. Acuerdos especiales de confidencialidad y normativa legal
sobre la protección de secretos no se ven afectadas.
(2) La disposición anterior se aplicará mutatis mutandis a las sustancias y materiales (por ejemplo, programas informáticos, productos acabados y
productos semiacabados), así como para herramientas, plantillas, muestras y otros artículos que proporcionamos a la
Proporcionar vendedor para la producción. Tales artículos son – siempre que no se procesen
– por separado a expensas del vendedor y en una medida razonable contra la destrucción.
y pérdida.(3) Cualquier transformación, mezcla o combinación (transformación posterior) de artículos proporcionados por el cliente deberá ser
por el vendedor se realiza por nosotros. Lo mismo se aplica al tratamiento posterior de los
la mercancía entregada por nosotros, de modo que se nos considere fabricantes y estemos autorizados a seguir procesando la mercancía a más tardar.
adquirir la propiedad del producto de conformidad con las disposiciones legales.
(4) La transferencia de la propiedad de la mercancía a nosotros será incondicional e independiente del pago del precio.
que tenga lugar. No obstante, en casos concretos aceptamos una oferta del comprador condicionada al pago del precio de compra.
vendedor para la transmisión de la propiedad, la reserva de dominio del vendedor expira a más tardar en el momento del pago del precio de compra.
por la mercancía entregada. Seguimos en el curso ordinario de los negocios incluso antes del pago del precio de compra
para la reventa y/o transformación ulterior de las mercancías con cesión anticipada de la
derivada de ésta (alternativamente, la validez de la simple autorización de reventa de los bienes
prórroga de la reserva de dominio). Esto excluye todas las demás formas
de la retención de la titularidad, en particular la prórroga, el reenvío y el tratamiento posterior
prórroga de la reserva de dominio.

§ 7 Entrega defectuosa

(1) Para nuestros derechos en caso de defectos materiales y defectos de titularidad de las mercancías (incluidas las entregas incorrectas y cortas)
así como montaje/instalación incorrecta o instrucciones inadecuadas) y en el caso de otras
incumplimiento de obligaciones por parte del vendedor, se aplicarán las disposiciones legales y, exclusivamente a nuestro
A favor, las siguientes adiciones y aclaraciones.
(2) De conformidad con las disposiciones legales, el vendedor será responsable, en particular, de garantizar que las mercancías sean
la mercancía tenga la calidad acordada cuando se nos transfiera el riesgo. Como acuerdo sobre la calidad
descripciones de productos que -en particular mediante designación o referencia
en nuestro pedido- son objeto del respectivo contrato o de la misma manera
cómo se incluyeron estas GPC en el contrato. Es indiferente que la descripción del producto
procede de nosotros, el vendedor o el fabricante.
(3) En el caso de bienes con elementos digitales u otros contenidos digitales, el Vendedor estará obligado a proporcionar
y actualización de los contenidos digitales, al menos en la medida en que resulte de un acuerdo de calidad.
acc. Abs. 2 u otras descripciones del producto facilitadas por el fabricante o en su
Orden, esp. en Internet, en la publicidad o en la etiqueta del producto.
(4) No estamos obligados a inspeccionar la mercancía ni a realizar averiguaciones especiales sobre posibles defectos en caso de
no está obligado a celebrar un contrato. Apartado parcial del § 442 párr. 1 frase 2 BGB, tenemos derecho a reclamaciones por defectos
por lo tanto, también tendrá derecho sin restricciones si el defecto se descubrió en el momento de la celebración del contrato como consecuencia de
permaneció desconocido por negligencia grave.
(5) Las disposiciones legales se aplicarán a la obligación comercial de inspeccionar y notificar los defectos.
(§§ 377, 381 HGB) con la siguiente salvedad: Nuestro deber de inspección se limita a los defectos,
que se inspeccionan externamente durante nuestra inspección de entrada de mercancías, incluidos los documentos de entrega
(por ejemplo, daños de transporte, entrega incorrecta o incompleta) o si no podemos cumplir nuestras obligaciones.
control de calidad en el procedimiento de muestreo son reconocibles. En la medida en que se haya acordado la aceptación o
no hay obligación de inspeccionar. Además, depende de la medida en que un
Investigación teniendo en cuenta las circunstancias del caso individual en el curso ordinario de los negocios
es factible. Nuestra obligación de notificar los defectos descubiertos posteriormente no se verá afectada. Sin perjuicio de
nuestro deber de inspección, nuestra reclamación (notificación de defectos) se considerará en todo caso inmediata y
a su debido tiempo si se comunican en los cinco días laborables siguientes a su descubrimiento o, en el caso de defectos evidentes, en los cinco días laborables siguientes a su descubrimiento,
se envía después de la entrega.
(6) El cumplimiento posterior también incluirá la retirada de la mercancía defectuosa y su reinstalación, siempre que
los bienes se incorporan a otro artículo de acuerdo con su naturaleza y uso previsto o se unen a un
otro artículo se instaló antes de que el defecto se hiciera evidente; nuestro derecho legal a
El reembolso de los gastos correspondientes (costes de retirada e instalación) no se ve afectado. Los datos recogidos a efectos de
inspección y prestaciones suplementarias, en particular transporte, desplazamientos, mano de obra y
El vendedor correrá con los gastos de material, así como con los gastos de traslado e instalación, incluso si se da el caso,
que, de hecho, no había ningún defecto. Para materiales mezclados con otros materiales
y que ya no pueden reconstituirse en sus componentes individuales, son susceptibles de
el proveedor de todos los materiales utilizados. Nuestra responsabilidad por daños y perjuicios en caso de solicitud injustificada de subsanación de defectos no se verá afectada; no obstante, sólo seremos responsables a este respecto si hemos reconocido o hemos incurrido en negligencia grave al no reconocer que no existía ningún defecto.
(7) Sin perjuicio de nuestros derechos legales y de lo dispuesto en el párr. 6 se aplica: Si el vendedor
su obligación de cumplimiento posterior, a nuestra discreción, subsanando el defecto (mejora posterior)
o mediante la entrega de un artículo sin defectos (entrega de sustitución) – en un plazo fijado por nosotros,
plazo razonable, podemos subsanar el defecto nosotros mismos y exigir que el vendedor
El cliente puede exigir el reembolso de los gastos necesarios o el pago del anticipo correspondiente.
Si el cumplimiento posterior por parte del vendedor ha fracasado o no es razonable para nosotros (por ejemplo, debido a particulares
urgencia, una amenaza para la seguridad operativa o la inminencia de una
daños), no es necesario fijar un plazo; informaremos sin demora al vendedor de tales circunstancias,
de antemano, si es posible.
(8) Por lo demás, en caso de vicio material o defecto de titularidad, seremos responsables, de conformidad con las disposiciones legales, de
reducción del precio de compra o rescisión del contrato. Además, tras la
disposiciones legales para reclamar una indemnización por daños y perjuicios y gastos.

§ 8 Garantías, calidades, requisitos de calidad y proveedores, exclusión de cesión

(1) El Vendedor garantiza que todas las entregas cumplen la normativa del lugar de entrega. Este
se aplica, en particular, a los requisitos de calidad, envasado, declaración, etiquetado y marcado específicos de las mercancías.
normas de seguridad y todas las demás normas de derecho público que deban cumplirse.
(2) En particular, el vendedor garantiza que las mercancías entregadas por él en el momento de la transferencia del riesgo
los requisitos legales aplicables en el lugar de entrega y las normas técnicas reconocidas
y las normas DIN, directivas legales y reglamentos pertinentes. Esto se aplica
independientemente de que el propio vendedor sea el fabricante de los bienes entregados o sólo un comerciante de los mismos.
bienes.
(3) El Vendedor se compromete a supervisar periódicamente el cumplimiento de la normativa mencionada.
Sólo aceptaremos la mercancía del vendedor si cumple todos los requisitos.
es suficiente. El Vendedor también asumirá el riesgo de adquisición de sus servicios, sujeto a
acordado de otro modo, por ejemplo, si la entrega se limita a las existencias.
(4) Estamos autorizados a hacer inspeccionar los productos contractuales. Estas pruebas también pueden realizarse antes o
durante el parto.
a) A este respecto, el vendedor nos autoriza a realizar inspecciones durante el horario comercial normal.
y los controles de calidad en los locales del vendedor o en el lugar de producción o almacenamiento
nosotros mismos o a través de terceros (auditoría), en la medida en que se trate de mercancías que también se fabrican para nosotros.
convertirse.
b) Previa solicitud, el Vendedor nos facilitará los documentos y la documentación que
gratuitamente, indicando el fabricante.
c) Cualquier cambio en los parámetros de calidad y en la composición de los productos para nosotros se notificará al
vendedor para obtener nuestra autorización previa por escrito. El vendedor deberá en todo momento y sin que se le solicite
presentar certificados de calidad vigentes de conformidad con los acuerdos contractuales.
(5) El Vendedor y los terceros contratados por el Vendedor estarán obligados a realizar sus actividades comerciales
estrictamente de acuerdo con las disposiciones legales vigentes y otros reglamentos.
(6) El vendedor sólo tendrá derecho a realizar cambios significativos en la mercancía con nuestro consentimiento previo por escrito.
obligaciones derivadas de la relación contractual por parte de terceros.
(7) El Vendedor no está autorizado a ceder a terceros sus créditos derivados de la relación contractual.
Esto no se aplica a las reclamaciones monetarias.

§ 9 Recurso del proveedor

(1) Nuestras reclamaciones legales de gastos y recursos dentro de una cadena de suministro
(recurso del proveedor en virtud de los artículos 478, 445a, 445b o los artículos 445c, 327 (5), 327u BGB), nos corresponden además los siguientes derechos
las reclamaciones por defectos sin restricciones. En particular, tenemos derecho a determinar el tipo exacto de cumplimiento posterior
(rectificación o entrega de sustitución) por parte del vendedor, que podemos exigir a nuestro cliente.
en casos individuales; en el caso de bienes con elementos digitales u otros contenidos digitales, esto se aplica
también en lo que respecta a la provisión de las actualizaciones necesarias. Nuestro derecho legal al voto
(§ 439 párr. 1 BGB) no se verá limitada por ello.(2) Antes de hacer valer una reclamación por defectos hecha valer por nuestro cliente (incluido el reembolso de los gastos), tendremos derecho a reclamar daños y perjuicios.
acc. §§ 445a párr. 1, 439 párr. 2, 3, 6 p. 2, 475 párr. 4 BGB), se lo notificaremos al vendedor y le pediremos una declaración escrita de los hechos.
Solicite una declaración. Si no se presenta una declaración motivada en un plazo razonable
y si no se llega a una solución amistosa, se aplicará el importe efectivamente concedido por nosotros.
reclamación por defectos como se debe a nuestro cliente. En este caso, corresponde al vendedor la carga de la prueba en contrario.
(3) Nuestras reclamaciones derivadas del recurso al proveedor también se aplicarán si la mercancía defectuosa se debe a
nosotros, nuestro cliente o un tercero, por ejemplo, mediante la instalación, fijación o
producto o procesado de cualquier otra forma.

§ 10 Responsabilidad por productos defectuosos

(1) Si el vendedor es responsable de un defecto del producto, nos indemnizará por reclamaciones de terceros al respecto.
la causa se encuentra dentro de su esfera de control y organización y no es responsable de la causa.
es responsable ante terceros.
(2) En el marco de su obligación de indemnizar, el vendedor correrá con los gastos conforme a los §§ 1 y 2. §§ 683, 670
BGB que surjan de o en relación con una reclamación de un tercero, incluyendo
de retiradas realizadas por nosotros. Sobre el contenido y el alcance de las medidas de retirada
informaremos al vendedor -en la medida de lo posible y razonable- y le daremos la oportunidad de hacer observaciones.
dar. Otras reclamaciones legales no se verán afectadas.
(3) El Vendedor contratará un seguro de responsabilidad civil del producto con una cobertura global adecuada.
– pero al menos por un importe de 2 (dos) millones de euros por reclamación de daños corporales o materiales
y para entretener.
(4) Previa solicitud, el vendedor nos facilitará en cualquier momento una copia de la póliza de seguro correspondiente como prueba de la cobertura.
póliza de responsabilidad civil junto con la prueba del alcance de la cobertura.
(5) El vendedor estará obligado a informarnos inmediatamente de cualquier acción legal emprendida contra él o de la afirmación de reclamaciones contra él.
de reclamaciones atribuibles a un producto defectuoso suministrado por él
(daños al producto), y a facilitarnos, a petición nuestra, toda la información necesaria para una inspección y
La empresa está obligada a facilitar los documentos necesarios para la respuesta (por ejemplo, el inicio de medidas de retirada).
(6) La notificación requerida de la autoridad competente pertinente de conformidad con las disposiciones del Equipo.
y de Seguridad de los Productos o la legislación vigente en el momento en que se produjo el daño del producto.
en consulta con el vendedor.

§ 11 Derechos de propiedad

(1) El Vendedor tendrá derecho a reclamar daños y perjuicios de conformidad con el párrafo siguiente. (2) garantiza que los bienes que suministra
las mercancías no infrinjan ningún derecho de terceros, en particular los derechos de propiedad de terceros en países de la Unión Europea.
Unión Europea y la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC) u otros países en los que tenga la
bienes o los manda fabricar.
(2) El vendedor estará obligado a indemnizarnos, previa solicitud por escrito, por todas las reclamaciones y demandas por daños y perjuicios.
resultante, con efectos para el pasado y el futuro e igualmente
por cualquier motivo legal, que terceros puedan hacer valer contra nosotros debido a las reclamaciones mencionadas en el párrafo anterior. (1) infracción
de los derechos de propiedad industrial.
(3) Este derecho a indemnización no se aplicará en la medida en que hayamos hecho valer estas reclamaciones de terceros contra nosotros mismos.
causada o a la que haya contribuido una negligencia grave o una falta intencionada.
(4) Este derecho a indemnización tampoco existirá si el vendedor demuestra que no ha
infracción de los derechos de propiedad industrial no es responsable de la misma ni, si se actuó con la debida diligencia comercial en el momento
de la entrega.
(5) No se verán afectadas nuestras demás reclamaciones legales por defectos de titularidad de la mercancía suministrada.
no se ven afectados por esto.
(6) La obligación del Vendedor de indemnizar se aplicará a todos los gastos en los que incurramos como resultado o en relación con
surgen necesariamente en relación con la utilización por un tercero.
(7) Además, el Vendedor nos reembolsará todos los gastos necesarios en relación con nuestro
Utilización por terceros de conformidad con el apartado anterior. (2) a reembolsar.

§ 12 Prescripción

(1) Los créditos recíprocos de las partes contratantes prescribirán conforme a las disposiciones legales,
salvo que se especifique lo contrario a continuación.
(2) No obstante lo dispuesto en los §§ 438 párr. 1 nº 3, 634a párr. 1 No. 1 BGB, el plazo de prescripción general es de
4 (cuatro) años desde la transferencia del riesgo para reclamaciones por defectos. En la medida en que se haya acordado la aceptación
el plazo de prescripción comienza con la aceptación. Los plazos de prescripción más largos por defectos no se verán afectados.
Esto se aplica en particular a las reclamaciones por defectos que se basan en un derecho real de un tercero.
tercero, en virtud del cual pueda exigirse la devolución del artículo adquirido, o en otro
inscritas en el Registro de la Propiedad (art. 438, apdo. 1, núm. 1 del BGB) y para los créditos basados en
Defectos en un edificio o defectos en productos que, de acuerdo con su uso normal
se han utilizado para un edificio y han causado la defectuosidad del edificio o
una obra cuyo éxito consiste en servicios de planificación o supervisión de un edificio (§§
438 párr. 1 núm. 2, 634 a párr. 1 nº 2 BGB). Además, las reclamaciones derivadas de defectos de titularidad prescribirán en
en ningún caso mientras el tercero siga haciendo valer su derecho frente a nosotros, en particular en ausencia de plazo de prescripción.
puede hacer.
(3) Se aplicarán los plazos de prescripción de la ley sobre compraventas, incluida la prórroga mencionada anteriormente – en la ley
Ámbito de aplicación y sujeto al plazo de prescripción en virtud del contrato de obra y mano de obra de conformidad con el párrafo anterior. 2 – para todos
reclamaciones contractuales por defectos. En la medida en que también tengamos derecho a reclamaciones extracontractuales por daños debidos a un defecto
se aplica el plazo de prescripción legal ordinario (§§ 195, 199 BGB),
si la aplicación de los plazos de prescripción de la ley sobre ventas no conduce a un plazo de prescripción más largo en casos individuales.
lleva.

§ 13 Elección de la ley aplicable y del fuero competente

(1) Estas CGC y la relación contractual entre nosotros y el Vendedor se regirán por la legislación de la República Federal de Alemania.
Alemania con exclusión del Derecho uniforme internacional, en particular la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías.
(2) Si el Vendedor es un comerciante en el sentido del Código de Comercio alemán, una persona jurídica de derecho público
o un fondo especial de derecho público, el fuero jurisdiccional exclusivo -también internacional- es
Para todos los litigios derivados de la relación contractual, nuestro domicilio social se encuentra en Delmenhorst,
si el vendedor tiene su domicilio social en la República Federal de Alemania o en un Estado de la
Unión Europea (UE). No obstante, en todos los casos también tenemos derecho a interponer una demanda en el lugar de cumplimiento.
la obligación de entrega acc. las presentes CGC o un acuerdo individual imperativo o en el
lugar de jurisdicción del vendedor. Disposiciones legales imperativas, en particular las relativas a la exclusividad.
responsabilidades no se ven afectadas.
(3) Si el domicilio social del vendedor no se encuentra en la República Federal de Alemania o en un estado de la
Unión Europea (UE), se celebra el siguiente acuerdo de arbitraje:
Todos los litigios que surjan en relación con este contrato o su validez,
se llevará a cabo de conformidad con el Reglamento de Arbitraje de la Institución Alemana de Arbitraje.
(DIS) en la versión válida en el momento de la incoación, con exclusión del recurso a los tribunales ordinarios.
decidido. El lugar de arbitraje es Oldenburg. El texto del procedimiento de arbitraje es el siguiente
Alemán. El tribunal arbitral adoptará su decisión sobre la base del fondo acordado
Derecho de reunión. Las decisiones las toman tres árbitros, de los cuales el presidente
deben estar cualificados para ejercer funciones judiciales.

Parte 2: Condiciones generales de entrega y servicio (ALB)

§ 1 Ámbito de aplicación, forma

(1) Las presentes Condiciones Generales de Suministro y de Servicio (CGSD) se aplicarán a todas nuestras relaciones comerciales
con nuestros clientes («compradores»). El ALB sólo se aplica si el comprador es un empresario
(§ 14 BGB), una persona jurídica de derecho público o un patrimonio especial de derecho público
es.
(2) El ALB se aplicará en particular a los contratos de venta y/o entrega de bienes muebles.
cosas («bienes»). Salvo acuerdo en contrario, las BPL se aplican en la versión válida en el momento del pedido.
del comprador o, en cualquier caso, en la última versión que se le haya comunicado en forma de texto como acuerdo marco
también para futuros contratos similares, sin que tengamos que volver a referirnos a ellos en cada caso individual.
tendría que señalar.
(3) Nuestro ALB se aplica exclusivamente. Condiciones generales divergentes, contradictorias o complementarias
Las condiciones del comprador sólo formarán parte integrante del contrato en la medida en que las hayamos aceptado.
han aceptado expresamente su validez. Este requisito de consentimiento se aplica en todos los casos, por ejemplo
aunque el comprador haga referencia a sus condiciones generales en el contexto del pedido y nosotros hayamos dado la
no se opongan expresamente.
(4) Declaraciones y notificaciones legalmente relevantes del Comprador en relación con el contrato (por ejemplo, fijación de un plazo,
notificación de defectos, anulación o reducción) deben presentarse por escrito. Escribir en el sentido de
de estos ALB incluye la forma escrita y textual (por ejemplo, carta, correo electrónico, fax). Requisitos formales legales
y siguen existiendo otras pruebas, sobre todo en caso de dudas sobre la legitimidad del declarante.
intacto.
(5) Las referencias a la aplicabilidad de las disposiciones legales sólo tienen fines aclaratorios. Incluso sin
dicha aclaración, por lo que se aplican las disposiciones legales, en la medida en que no estén contenidas en las presentes ALB.
modificarse directamente o excluirse expresamente.

§ 2 Celebración del contrato

(1) Nuestras ofertas están sujetas a cambios y no son vinculantes. Esto también se aplica si enviamos catálogos al comprador,
Documentación (por ejemplo, dibujos, planos, cálculos, presupuestos, referencias, etc.)
a las normas DIN, muestras, etc.), otras descripciones de productos o documentos – también en
forma electrónica – que en sí mismas no constituyen ofertas en sentido jurídico
y sobre los que nos reservamos derechos de propiedad y de autor.
(2) El pedido de la mercancía por parte del Comprador se considerará una oferta contractual vinculante. En la medida en que
el pedido, tenemos derecho a revocar esta oferta contractual en un plazo de cuatro semanas a partir de la recepción del pedido.
semanas después de su recepción por nuestra parte.
(3) La aceptación puede realizarse por escrito (por ejemplo, mediante nuestra confirmación de pedido) o mediante la entrega de la mercancía.
de los bienes al comprador o poniendo los bienes a disposición del comprador para su recogida e informándole de ello
de preparación para el envío al comprador.

§ 3 Objeto del contrato

(1) La calidad de la mercancía debida por nosotros resulta de la descripción del producto o de la
Especificación del producto correspondiente. Información en fichas técnicas y en soportes y documentos como
en nuestro sitio web o folletos publicitarios, tales como ilustraciones, dibujos, descripciones de calidad, etc. contenidos en los mismos,
Las cantidades, pesos y dimensiones son valores aproximados.
(2) Todas las muestras y documentos puestos a disposición del Comprador por nosotros (por ejemplo, técnicos
Descripciones, dibujos, ilustraciones, especificaciones de color, dimensiones y peso, soportes electrónicos)
contienen sólo valores aproximados. Simulan la situación real (de construcción). Desviaciones
de las mercancías/instalaciones montadas finales son, por tanto, posibles y no son motivo de reclamación. Somos
autorizado a introducir modificaciones en estas muestras y documentos en cualquier momento, en la medida en que dichas modificaciones sean
comprador son razonables. Para las mercancías normalizadas, se aplican las tolerancias admitidas en las hojas normalizadas.
Al realizar el pedido, el comprador declara que, sobre la base de los documentos que le han sido entregados, el
el servicio solicitado por él ha sido calculado en su totalidad en términos de ejecución, tipo y alcance.
(3) Todas las muestras y documentos proporcionados por el Comprador (por ejemplo, descripciones técnicas,
dibujos, ilustraciones, especificaciones de color, dimensiones y peso, soportes electrónicos) son vinculantes.
base para la preparación y elaboración de la oferta o confirmación de pedido y, por tanto, se convierten en objeto del contrato si las tolerancias especificadas son expresamente acordadas por nosotros.
confirmarse.
(4) Las muestras y documentos facilitados por el Comprador en el sentido del apartado (3) se devolverán una vez ejecutado el pedido,
o, si no se celebra el contrato, a cobrar por el comprador. Si el
Si el comprador no cumple con su obligación de recoger la mercancía, el contrato finalizará tras el correspondiente requerimiento por nuestra parte con una antelación razonable.
plazo de nuestra obligación de retención. Una vez transcurrido el periodo de conservación
muestras y documentos serán devueltos o destruidos por nosotros a expensas del comprador.
(5) Las declaraciones por nuestra parte sobre calidad y durabilidad sólo constituirán una garantía de calidad y durabilidad si
garantía de durabilidad en el sentido del § 443 BGB (Código Civil alemán), si ha sido expresamente garantizada por nosotros por escrito.
se etiquetaron como garantía. declaraciones por nuestra parte en relación con el respectivo contrato,
de los que estos términos y condiciones son parte integrante, por ejemplo, las descripciones de servicios y productos en nuestro
Las muestras y los documentos no contienen ninguna garantía.

§ 4 Plazo de entrega y retraso en la entrega, obstáculos a la entrega

(1) Los plazos de entrega y/o los tiempos de entrega serán acordados individualmente o por nosotros en el momento de la aceptación del pedido.
especificado sin compromiso. En caso contrario, el plazo de entrega es de unas tres semanas.
desde la celebración del contrato. El cumplimiento de los plazos y/o tiempos de entrega requiere la aclaración de los aspectos técnicos.
y cuestiones prácticas para las que se considera necesaria su participación en la situación actual.
puede hacerse realidad.
(2) Una fecha de entrega vinculante solicitada por el Comprador debe ser confirmada por nosotros por escrito como vinculante.
convertirse. El cumplimiento de una fecha de entrega firmemente acordada requiere la aclaración final de todos los
cuestiones técnicas y el cumplimiento puntual y adecuado de las obligaciones, entre ellas
obligaciones de cooperación del comprador. Se mantiene la excepción de incumplimiento del contrato
reservado.
(3) Si incurriéramos en demora en la entrega, el Comprador deberá notificárnoslo por escrito con una antelación razonable,
La oportunidad de actuar debe durar regularmente al menos tres semanas. En cada
En este caso, sin embargo, se requiere un recordatorio del comprador. Nuestra responsabilidad por daños y perjuicios en caso de
En todos los demás aspectos, en particular para el derecho de anulación,
se aplican las disposiciones legales.
(4) No seremos responsables de la falta de entrega o de los retrasos en la entrega si éstos se deben a fuerza mayor o a
se deban a cualquier otro impedimento ajeno a nuestra esfera de influencia y nos sean imputables.
no podía esperarse razonablemente que tuviera en cuenta el motivo del impedimento o su
evitar o superar las consecuencias (por ejemplo, debido a acontecimientos bélicos, actos de terrorismo,
catástrofes naturales, interrupciones operativas, de transporte y tráfico, falta de entrega de suministros y materias primas,
Huelgas, cierres patronales legales, órdenes oficiales, enfermedades masivas,
epidemias y pandemias, interrupciones de la producción, incluidas averías de maquinaria y escasez de mano de obra).
En tales casos, informaremos al comprador del motivo del impedimento y de sus efectos.
informar. Si dicho acontecimiento nos dificulta considerablemente la prestación o el servicio
o imposible y el impedimento no es sólo de carácter temporal, ambas partes se
derecho a rescindir el contrato. En caso de obstáculos de duración temporal, el
nuestros plazos de entrega o servicio o si nuestras fechas de entrega o servicio se posponen por el tiempo
Período de incapacidad más un periodo de puesta en marcha razonable. Cada parte tiene derecho a rescindir el contrato
rescindir el contrato si el retraso resultante es superior a tres meses
o si, como consecuencia del retraso antes de la expiración de dicho plazo, ya no puede cumplir el contrato.
deja de ser razonable, con la consecuencia de que se reembolsarán los anticipos abonados. Otros
No hay reclamaciones.
(5) El apartado (4) anterior se aplicará en consecuencia en la medida en que hayamos celebrado un contrato con nuestros proveedores antes de la celebración del
contrato con el comprador, que, en caso de cumplimiento correcto del contrato, habría
cumplimiento de nuestras obligaciones contractuales de entrega al comprador
y nuestro proveedor no nos ha suministrado, no nos ha suministrado correctamente y/o no nos ha suministrado a tiempo.
y no somos responsables de ello.
(6) Los pedidos/conjuntos aceptados por nosotros para su ejecución sobre el terreno están sujetos a las siguientes condiciones
restricciones especiales debidas a las precipitaciones, el viento y la radiación solar. En relación con
con instalaciones exteriores y el etiquetado sólo se realizará a partir de una temperatura de
7 grados centígrados hasta una temperatura de 27 grados centígrados. Los materiales que deben etiquetarse
tampoco debe tener una temperatura fuera de este rango. Tiempos de interrupción de nuestras actividades in situ debido a las restricciones mencionadas en relación con las operaciones sobre el terreno,
se consideran tiempo de trabajo y corren a cargo del comprador.

§ 5 Entrega, transferencia del riesgo, aceptación, incumplimiento de la aceptación

(1) La entrega se realizará EXW (INCOTERMS 2020) desde la rampa de nuestra planta de Delmenhorst, donde
es el lugar de cumplimiento para la entrega y cualquier cumplimiento posterior. A petición y por cuenta del
La mercancía se envía a otro destino (venta en destino). En cuanto a no
Si se acuerda lo contrario, tenemos derecho a determinar el tipo de envío (en particular, la empresa de transporte,
ruta de envío, embalaje).
(2) El riesgo de pérdida accidental y deterioro accidental de la mercancía se transmitirá al cliente a más tardar el
al comprador en el momento de la entrega. No obstante, en caso de venta por expedición, el riesgo de accidente
pérdida y deterioro accidental de la mercancía, así como el riesgo de retraso ya con
la entrega de la mercancía al transportista, al transitario o a la persona encargada de realizar el envío.
a una persona o institución concreta. En la medida en que la aceptación se haya acordado o se exija de conformidad con
normativa material, esto es decisivo para la transferencia del riesgo. También en el
En caso contrario, se aplicarán las disposiciones legales de la ley sobre contratos de obras y servicios a cualquier aceptación acordada o exigida.
en consecuencia. La entrega o la aceptación se considerarán efectuadas si el comprador incurre en mora
del supuesto.
(3) Si el Comprador se demora en la aceptación, no coopera o se retrasa en la aceptación de la mercancía
nuestra entrega por otros motivos de los que sea responsable el comprador, tenemos derecho a reclamar una indemnización por la
exigir una indemnización por los daños resultantes, incluidos los gastos adicionales (por ejemplo, costes de almacenamiento),
a partir del plazo de entrega o, a falta de plazo de entrega, a partir de la notificación de que la mercancía está lista para su envío. Por ello, cobramos una indemnización del 0,25% del valor de la entrega (en términos del valor puro de la mercancía).
valor neto de venta) de las mercancías afectadas por el defecto de aceptación por semana transcurrida (7 días)
o el 0,036% del valor de entrega por día natural, a partir de la fecha límite de entrega o, en ausencia de fecha límite de entrega, a partir de la notificación de que la mercancía está lista para su envío. Prueba de daños mayores
y nuestras reclamaciones legales (en particular, reembolso de gastos adicionales, indemnización razonable,
rescisión) no se ven afectados; sin embargo, la suma a tanto alzado se limita a otras reclamaciones monetarias.
para ser acreditado. El comprador tendrá derecho a demostrar que no hemos recibido ningún pago o que sólo hemos recibido una parte sustancial del mismo.
daños sea inferior a la suma a tanto alzado anterior.

§ 6 Deber de cooperación y responsabilidad del comprador

(1) El Comprador cumplirá puntualmente sus obligaciones contractuales y otras obligaciones de cooperación,
incluida la aclaración de cuestiones técnicas y prácticas para las que, en el estado actual de cosas, su
la cooperación puede considerarse necesaria.
(2) El Comprador será responsable de la idoneidad de las mercancías para el fin previsto y de la
responsable de los diseños suministrados por él. En particular, es plenamente responsable de garantizar que
los dibujos y modelos no infringen derechos existentes de terceros, por ejemplo, derechos de patente, licencia o copyright, marcas registradas,
afecten a dibujos o modelos u otros derechos de propiedad industrial depositados bajo precinto ante los tribunales
o violarlas. A este respecto, no asumimos ninguna obligación de inspección. En caso de
En caso de reclamación de daños y perjuicios por parte del titular de un derecho de propiedad infringido, el
Comprador de todas las reclamaciones.
(3) En el caso de productos personalizados, nos reservamos el derecho a facilitar pruebas para la comprobación y aprobación del pedido.
a presentar. El comprador está obligado a comprobarlos y aprobarlos cuidadosamente. Para liberados
El comprador es el único responsable del diseño.
(4) En principio, se nos suministrará agua y electricidad (si es necesario, un aseo de obra) in situ.
El comprador proporcionará el equipo para su uso de forma gratuita. En general, el comprador es responsable de la provisión de todos los requisitos logísticos (camión, grúa, escalera, equipo de seguridad, andamios, personal de apoyo, etc.) que sean necesarios para el cumplimiento del contrato (incluida la entrega), así como de todo el equipo técnico y la maquinaria, y confirma que están en buen estado y funcionan correctamente.
La seguridad de los equipos debe garantizarse sin restricciones en el momento de su utilización y deben mantenerse seguros durante su uso. Tenemos derecho a exigir que se cumplan los requisitos previos que falten. calcularse a posteriori.
(5) El Comprador garantizará el acceso sin restricciones al lugar de uso, lugar de trabajo o lugar de entrega.
En caso de que se produzcan obstáculos y/o tiempos de espera en el marco de los requisitos pertinentes
o desplazamientos repetidos por parte de nuestros empleados, el comprador correrá con los gastos asociados.
Costes. Si se ha acordado un precio fijo, los tiempos de espera de los que no seamos responsables correrán a cargo del cliente.
Se facturará al comprador por separado. Como prueba, una simple declaración escrita del
Duración y motivo del tiempo de espera.
(6) Los residuos, escombros y otros contaminantes serán retirados por nosotros todos los días laborables y sin solicitud previa.
desechado. Para todos los servicios de eliminación de residuos (incluida la tierra excavada, el material de demolición, etc.) y
En general, el comprador correrá con los gastos de eliminación de residuos peligrosos, sustancias peligrosas, etc.
(7) A menos que se estipule lo contrario en estas ALB, el Comprador será responsable de conformidad con las disposiciones legales.
Reglamentos. Si el comprador adeuda daños y perjuicios en lugar del cumplimiento, tendremos derecho a reclamar una indemnización a tanto alzado.
una indemnización del 15 % de la prestación, salvo que el comprador pueda demostrar un importe inferior.
Prueba de daños. La reclamación de daños y perjuicios más elevados de conformidad con las disposiciones legales
permanece reservada.

§ 7 Precios y condiciones de pago

(1) Salvo que se acuerde lo contrario en casos concretos, se aplicarán nuestras condiciones generales vigentes en el momento de la celebración del contrato.
precios actuales, franco fábrica Delmenhorst, más IVA. impuesto sobre el valor añadido obligatorio.
(2) En caso de venta por envío (§ 5 párrafo 1), el Comprador correrá con los gastos de transporte comprobados ex almacén
y los costes de cualquier seguro de transporte solicitado por el comprador. Cualquier derecho de aduana, tasas,
Los impuestos y demás cargas públicas también correrán a cargo del comprador. No estamos dispuestos a retirar
del envase, salvo que la ley disponga lo contrario.
(3) Nuestros precios indicados se refieren a los precios válidos en el momento de la celebración del contrato.
Circunstancias. En caso de variaciones imprevisibles y significativas de los costes sobre las que no podamos influir
tras la celebración del contrato, por ejemplo, debido a acuerdos salariales, aumentos de las tarifas de flete o costes de transporte,
impuestos, derechos de aduana u otros gravámenes públicos, fluctuaciones monetarias, subidas de precios
de materias primas, energía o suministros, tenemos derecho a ajustar los precios a nuestra discreción razonable.
adaptarse. En caso de aumento del precio superior al 15% del precio neto, el comprador tiene derecho a rescindir el contrato.
rescindir el contrato.
(4) En general, el precio de compra es pagadero sin deducción y en un plazo de 14 días a partir de la fecha de facturación.
y la entrega o aceptación de la mercancía. Sin embargo, estamos, también en el contexto de un
relación comercial, tiene derecho a realizar en cualquier momento una entrega total o parcial sólo contra pago por adelantado.
a realizar. A más tardar con la confirmación del pedido declararemos la reserva correspondiente.
Si la jurisdicción general del comprador se encuentra fuera de la República Federal de Alemania, el pago será
mediante pago anticipado (carta de crédito decisiva o irrevocable, confirmada por un banco alemán)
banco o una entidad de crédito pública alemana).
(5) El Comprador incurrirá en mora al expirar el plazo de pago mencionado. El precio de compra es pagadero durante el
intereses de demora al tipo de interés legal de demora aplicable. Nos reservamos el derecho de hacer valer
daños adicionales causados por el retraso. Nuestra reclamación contra los comerciantes sigue siendo
al interés comercial de vencimiento (art. 353 HGB) no se ve afectado.
(6) El Comprador sólo tendrá derecho a compensación o retención en la medida en que su reclamación
está legalmente establecido o es indiscutible. En caso de defectos en la entrega, los contrapesos del
comprador en particular de conformidad con. § 10 párr. 6 frase 2 de estas ALB no se verán afectadas.
(7) Se hace reconocible tras la celebración del contrato (por ejemplo, mediante la presentación de un procedimiento de insolvencia),
que nuestra reclamación del precio de compra se vea comprometida por la incapacidad de pago del comprador.
tendremos derecho a denegar el cumplimiento de conformidad con las disposiciones legales y, en caso necesario
tras fijar un plazo- tiene derecho a rescindir el contrato (art. 321 del BGB). Para los contratos relativos a la
fabricación de artículos no fungibles (productos a medida), podemos declarar nuestra retirada inmediatamente; la
Las disposiciones legales sobre la prescindibilidad de la fijación de un plazo no se ven afectadas.

§ 8 Reserva de dominio

(1) Hasta el pago íntegro de todas nuestras reclamaciones actuales y futuras derivadas de la
contrato de venta y una relación comercial en curso (créditos garantizados), nos reservamos el derecho de
propiedad de los bienes vendidos.
(2) Los bienes sujetos a reserva de dominio no podrán utilizarse antes del pago íntegro de la suma garantizada.
Los créditos no pueden pignorarse a terceros ni cederse en garantía. El comprador nos ha dado
inmediatamente por escrito si se presenta una solicitud de apertura de un procedimiento de insolvencia.
o si terceros se apoderan de los bienes que nos pertenecen (por ejemplo, embargos).
(3) En caso de incumplimiento del contrato por parte del comprador, en particular el impago del precio de compra adeudado,
tenemos derecho a rescindir el contrato de conformidad con las disposiciones legales o a anularlo.
mercancías sobre la base de la reserva de dominio. La solicitud de entrega incluye
no al mismo tiempo la declaración de anulación; más bien tenemos derecho a exigir simplemente la devolución de las mercancías
y reservarse el derecho a dimitir. Si el comprador no paga el precio de compra adeudado, podemos
hacer valer estos derechos sólo si previamente hemos concedido al comprador, sin éxito, un plazo razonable para
pago o puede prescindirse de dicho plazo de conformidad con las disposiciones legales.
es.
(4) De conformidad con lo dispuesto en las letras a) a c) siguientes, el Comprador estará autorizado a vender la mercancía sujeta a reserva de dominio a terceros.
bienes en el curso ordinario de los negocios y/o para revender y/o
proceso. Todas las autorizaciones para enajenar bienes sujetos a reserva de dominio expirarán automáticamente si
el comprador incumple el pago, solicita la apertura de un procedimiento de insolvencia contra sus bienes
o se ve obligado a solicitar un procedimiento de insolvencia contra su patrimonio.
a) La reserva de dominio se extenderá a los productos creados por transformación, mezcla o combinación
productos resultantes de nuestras mercancías por su valor íntegro, por lo que se nos considera fabricantes. Restos
en caso de transformación, mezcla o combinación con bienes de terceros, seguirán existiendo sus derechos de propiedad,
adquiriremos la copropiedad en proporción a los valores de facturación de los productos transformados, mezclados
o bienes relacionados. En todos los demás aspectos, el producto resultante es idéntico a los productos descritos en el apartado
Mercancías entregadas bajo reserva de dominio.
b) Las reclamaciones contra terceros derivadas de la reventa de la mercancía o el producto
el comprador nos cede en su totalidad o en el importe de nuestra posible cuota de copropiedad de acuerdo con el sobre
ventas a nosotros por motivos de seguridad. Aceptamos el encargo. La información del párrafo . 2 obligaciones mencionadas
del comprador también se aplicará con respecto a las reclamaciones cedidas.
c) El comprador queda autorizado a cobrar la reclamación además de nosotros. Nos comprometemos a cumplir el requisito
siempre que el comprador cumpla sus obligaciones de pago con nosotros,
ninguna deficiencia en su capacidad de ejecución y no ejercemos la retención de la titularidad ejerciendo
de un derecho acc. Abs. 3 puede afirmarse. Si este es el caso, sin embargo, podemos exigir que
el comprador nos informa de los créditos cedidos y de sus deudores, facilita toda la información necesaria para el cobro
información, entrega los documentos pertinentes y proporciona a los deudores (terceros)
notifica la asignación. En este caso, también tendremos derecho a revocar la autorización del comprador para seguir
revocar el derecho de venta y transformación de las mercancías sujetas a reserva de dominio.
d) Si el valor realizable de los títulos supera nuestros créditos en más de un 10%, procederemos a
liberaremos las garantías de nuestra elección a petición del comprador.
(5) El Comprador estará obligado a manipular la mercancía reservada con cuidado y a su costa, a
y protegerlos adecuadamente contra los riesgos habituales (por ejemplo, robo, rotura, incendio, agua).
a valor de reposición y a facilitar pruebas de la conclusión y existencia del seguro cuando se le soliciten.
Tenemos derecho a asegurar la mercancía reservada a su cargo. A petición nuestra
el comprador elaborará y actualizará constantemente una lista de inventario de los bienes sujetos a reserva de dominio e informará a nuestro
propiedad de los bienes sujetos a reserva de dominio. Siniestros y reclamaciones de seguros
frente a terceros por daños, destrucción, robo o pérdida de la mercancía, el comprador
ya ahora a nosotros a modo de garantía. Por la presente aceptamos esta asignación.
(6) Si, en el caso de entregas a un país extranjero, el país importador no cumple lo anteriormente mencionado
la retención de la titularidad o de los demás derechos por nuestra parte mencionados en los párrafos anteriores
se requieren determinadas medidas y/o declaraciones por parte del comprador, éste deberá
El comprador deberá notificárnoslo por escrito sin demora e informarnos de estas medidas y/o declaraciones.
a realizar o entregar inmediatamente a sus expensas. Si la legislación del país importador
el comprador está obligado a informarnos inmediatamente y a sus expensas si no reconocemos una reserva de dominio.
otras garantías adecuadas sobre los bienes entregados u otras garantías a nuestra razonable discreción
(Artículo 315 del BGB).

§ 9 Moldes y herramientas

(1) Moldes y herramientas fabricados por nosotros o por un tercero en nuestro nombre,
son exclusivamente de nuestra propiedad. El comprador no tendrá derecho a reclamación alguna a este respecto, aunque
ha contribuido a los costes de producción o los ha asumido y pagado en su totalidad, a menos que
que se ha acordado expresamente otra cosa. Conservamos los moldes y herramientas para
reordenarlos cuidadosamente y mantenerlos. Salvo en caso de dolo, no somos responsables de los daños,
que se producen a pesar del tratamiento adecuado. Nuestra obligación de retención expira en
dos años después de la última entrega y previa notificación al comprador. A petición
moldes o herramientas por parte del comprador -por el motivo que fuere- queda excluida cualquier reclamación por daños y perjuicios.
Los costes de producción restantes se abonarán en el momento de la entrega de los moldes o herramientas al comprador.
debido.
(2) Si el comprador debe convertirse en propietario de los moldes o herramientas de conformidad con el acuerdo, el
La propiedad se transfiere al comprador tras el pago del precio de compra de los moldes o herramientas. En
la entrega de los moldes o herramientas al comprador no se verá afectada por nuestra obligación de almacenarlos.
sustituido.
(3) En el caso de moldes o herramientas propias del Comprador y/o herramientas facilitadas por el Comprador en préstamo
moldes o herramientas, nuestro almacenamiento y cuidados se limitan a los descritos en
propios asuntos. El comprador corre con los gastos de mantenimiento, seguro y transporte de vuelta. Nuestra
Las obligaciones se extinguirán si, tras la realización del pedido y la correspondiente solicitud
el comprador no recoge los moldes o herramientas en un plazo razonable. Mientras el
comprador no ha cumplido íntegramente sus obligaciones contractuales, tenemos derecho a
tendrá en todo caso derecho de retención sobre los moldes y herramientas.
(4) Las piezas y/o herramientas proporcionadas por el Comprador se entregarán gratuitamente en nuestra planta de Delmenhorst a su debido tiempo.
en perfecto estado de forma que la descarga pueda realizarse sin infraestructuras adicionales.
(grúa/carretilla elevadora o similar) es posible. Costes de las infraestructuras de descarga adicionales necesarias
correrán a cargo del comprador.

§ 10 Reclamaciones por defectos del comprador

(1) Se aplicarán las disposiciones legales a los derechos del Comprador en caso de defectos materiales y defectos de titularidad,
salvo que se especifique lo contrario a continuación. Las disposiciones legales especiales no se verán afectadas en ningún caso.
para el reembolso de los gastos en el momento de la entrega final de los bienes de nueva fabricación a un consumidor
(recurso del proveedor conforme a los §§ 478, 445a, 445b o §§ 445c, 327 apartado 5, 327u BGB), en caso contrario,
Por ejemplo, como parte de un acuerdo de garantía de calidad, se ha acordado una compensación equivalente.
(2) La base de nuestra responsabilidad por defectos es sobre todo la garantía por el estado y la calidad supuesta de la mercancía.
uso de los bienes (incluidos accesorios e instrucciones). En cuanto a la
las partes han acordado la calidad del artículo adquirido, se aplican requisitos objetivos a este respecto.
al artículo adquirido no será de aplicación.
a) Todas las descripciones y denominaciones de productos se considerarán un acuerdo de calidad en este sentido,
Presentación de las propiedades de los productos, fichas técnicas (por ejemplo, especificaciones, valores proteínicos, valores de pH,
certificados de análisis, resultados de muestras, etc.) y otra información nuestra que sea objeto del
contrato individual y/o por nosotros (en particular en catálogos o en nuestra página de Internet).
se anunciaron públicamente en el momento de celebrar el contrato. Para declaraciones públicas
otros terceros (por ejemplo, declaraciones publicitarias) a los que el comprador no nos remite como decisivos para su compra.
Sin embargo, no aceptamos ninguna responsabilidad por los daños causados por el uso del producto.
b) En la medida en que no se haya acordado una calidad, se aplicarán las disposiciones legales,
tanto si existe un defecto como si no (art. 434, apdo. 3 del BGB). Declaraciones públicas realizadas por el fabricante o en
su pedido, en particular en la publicidad o en el etiquetado de los productos, las declaraciones efectuadas por el
otros terceros.
c) Tanto en el caso de que se acuerde (lit. a)), así como no acordado (lit. b)) Las tolerancias profesionales y apropiadas o las tolerancias especificadas en el pedido se aplicarán a todas las dimensiones, tonos de color, etc. especificados por nosotros.
tolerancias aceptables para el uso previsto. En función de la naturaleza de la producción, nos reservamos el derecho de
entregas incompletas de hasta un 10 % sin que ello constituya un defecto; el comprador tendrá derecho a
El precio a pagar en estos casos se basa en la cantidad realmente entregada.
(3) Para la correcta selección de los productos, por su idoneidad para el uso previsto,
en particular, si el producto contractual es adecuado para el uso previsto o habitual.
suele ser responsabilidad del comprador. Esto no se aplica si se ha aprovechado expresamente de nuestro asesoramiento; en tal caso, el comprador está obligado a facilitarnos la información correcta.
La finalidad y el lugar de utilización, así como todos los demás datos necesarios para una utilización correcta.
selección de productos. Los servicios de consultoría se – basan en estos para una consultoría
información solicitada al comprador – facilitada por nosotros a nuestro leal saber y entender.
(4) En principio, no seremos responsables de los defectos que el Comprador conozca en el momento de la celebración del contrato o que se deban a negligencia grave.
no lo sabe (§ 442 BGB). Además, las reclamaciones del comprador por defectos exigen que éste
ha cumplido con sus obligaciones legales de inspección y notificación (artículos 377 y 381 del HGB). Con
en cualquier caso, las mercancías destinadas a una transformación posterior deben inspeccionarse inmediatamente antes de su transformación.
que tenga lugar. Si durante la entrega, la inspección o en cualquier momento hay pruebas de que el
Si se descubre un defecto con posterioridad, deberá notificárnoslo inmediatamente por escrito. En cualquier caso
defectos evidentes en un plazo de cinco días laborables a partir de la entrega y previa inspección.
defectos reconocibles por escrito en el mismo plazo desde su descubrimiento. Si el
Si el comprador no realiza la inspección adecuada y/o no informa de los defectos, nuestra responsabilidad por el defecto será la siguiente
o no se haya notificado a su debido tiempo o no se haya notificado correctamente de conformidad con las disposiciones legales
excluidos.
(5) Si el objeto del suministro es defectuoso, podremos elegir en primer lugar si realizamos el cumplimiento posterior subsanando el defecto.
subsanación del defecto (rectificación) o entrega de un artículo sin defectos (entrega de sustitución)
para actuar. Si el tipo de cumplimiento posterior elegido por nosotros no es razonable para el comprador en el caso concreto, éste podrá
rechazarlos. Nuestro derecho a denegar el cumplimiento posterior en las condiciones legales,
no se ve afectado. Sólo seremos responsables de las materias primas y suministros defectuosos si
el defecto podría haber sido reconocido durante nuestro procesamiento con el cuidado habitual en la industria
No estamos obligados a realizar un control de calidad de los materiales suministrados.
(6) Estamos autorizados a condicionar el cumplimiento posterior adeudado a que el Comprador
precio de compra adeudado. No obstante, el comprador tendrá derecho a reclamar una indemnización razonable en relación con el defecto.
retener parte del precio de compra.
(7) El Comprador nos concederá el tiempo y la oportunidad necesarios para el cumplimiento posterior debido,
en particular, a entregar la mercancía rechazada para su inspección. En caso de entrega sustitutoria
el comprador debe devolvernos el artículo defectuoso a petición nuestra de conformidad con las disposiciones legales.
Sin embargo, el comprador no tiene derecho a devolver la mercancía.
(8) Los gastos necesarios para la inspección y posterior cumplimiento, en particular los gastos de transporte, correrán a cargo del cliente,
Nosotros sufragaremos o reembolsaremos los gastos de desplazamiento, mano de obra y material y, en su caso, los gastos de traslado e instalación.
de acuerdo con las disposiciones legales y estas ALB, si realmente existe un defecto. En caso contrario
podemos reclamar al comprador los gastos derivados de la solicitud injustificada de subsanación del defecto.
costes si el comprador sabía o ignoraba por negligencia que la
no hay ningún defecto.
(9) En casos urgentes, por ejemplo, para evitar daños desproporcionados, el Comprador tendrá derecho a exigir el
a subsanar el defecto por sí mismo y a reclamarnos una indemnización por los gastos objetivamente necesarios para ello.
demanda. Debemos ser informados inmediatamente, si es posible con antelación, de cualquier autorremedio de este tipo.
El derecho a la autoreparación no existe si tuviéramos derecho a exigir un correspondiente
denegar el cumplimiento posterior de conformidad con las disposiciones legales.
(10) Si ha vencido sin éxito un plazo razonable fijado por el Comprador para el cumplimiento posterior
o es prescindible de conformidad con las disposiciones legales, el comprador podrá, de conformidad con las disposiciones legales
rescindir el contrato de compra o reducir el precio de compra. En caso de defecto insignificante
Sin embargo, no existe derecho de cancelación.
(11) Existirán reclamaciones del Comprador por daños y perjuicios o reembolso de gastos inútiles.
incluso en el caso de defectos sólo de conformidad con el § 11 y se excluyen de otra manera.
(12) No existirán reclamaciones por defectos materiales en caso de desgaste natural o daños que se produzcan después de la transferencia del riesgo.
debido a una manipulación incorrecta o negligente, falta de mantenimiento, uso excesivo,
uso inadecuado o incorrecto, instalación o puesta en servicio incorrectas
por parte del comprador o de terceros (que no actúen en nuestro nombre), equipos inadecuados,
funcionamiento incorrecto, incumplimiento de las instrucciones de funcionamiento/montaje o que se deban a circunstancias especiales.
influencias externas que no se asumen en el contrato. Lo anterior
Las exclusiones no se aplican si el comprador demuestra que el defecto no se debe a su comportamiento.
se basa en.

§ 11 Otras responsabilidades de J.H. Tönnjes GmbH

(1) Salvo que se indique lo contrario en las presentes ALB, incluidas las siguientes disposiciones,
J.H. Tönnjes GmbH es responsable en caso de incumplimiento de obligaciones contractuales y extracontractuales
de conformidad con las disposiciones legales.
(2) Seremos responsables de los daños -independientemente de los fundamentos jurídicos- en el ámbito de la responsabilidad por culpa
en caso de dolo y negligencia grave. En caso de negligencia leve, seremos responsables, a reserva de las disposiciones legales
Limitaciones de la responsabilidad (por ejemplo, cuidado de los propios asuntos; incumplimiento insignificante de las obligaciones),
sólo
a) por daños resultantes de lesiones a la vida, el cuerpo o la salud,
b) por daños derivados del incumplimiento de una obligación contractual esencial (obligación cuyo cumplimiento
correcta ejecución del contrato en primer lugar y de cuyo cumplimiento depende la
que el socio contractual confía y puede confiar regularmente); en este caso, sin embargo, nuestra responsabilidad se limita a
limitada a la indemnización de los daños previsibles y típicos.
(3) Los derechos derivados del apartado . 2 se aplicará también frente a terceros y en caso de
incumplimientos de obligaciones por parte de personas (también a su favor) de cuya culpa seamos responsables de acuerdo con la normativa legal
reglamentos. No se aplicarán en caso de que se haya ocultado fraudulentamente un defecto o un
se ha asumido la garantía de la calidad de la mercancía y de las reclamaciones del comprador según el
Ley de responsabilidad por productos defectuosos.
(4) El Comprador sólo podrá rescindir el contrato por un incumplimiento que no consista en un defecto
o rescindir el contrato si somos responsables del incumplimiento. Derecho de cancelación gratuito para el comprador
(en particular, según los artículos 648 y siguientes del Código Civil). Por lo demás, se aplican los requisitos legales
y consecuencias jurídicas.

§ 12 Prescripción

(1) No obstante lo dispuesto en el § 438 párr. 1 nº 3 BGB, el plazo de prescripción general para las reclamaciones derivadas de
defectos materiales y defectos de titularidad un año a partir de la entrega. En la medida en que se haya acordado o se exija la aceptación
el plazo de prescripción comienza con la aceptación.
(2) Los anteriores plazos de prescripción de la ley sobre ventas también se aplicarán a las reclamaciones contractuales y extracontractuales.
Las reclamaciones de daños y perjuicios por parte del comprador basadas en un defecto de las mercancías, a menos que el defecto
La aplicación del plazo de prescripción legal ordinario (artículos 195, 199 BGB) daría lugar a un plazo de prescripción más largo en casos individuales.
plazo de prescripción más corto. Reclamaciones por daños y perjuicios del comprador acc. § 11 párr. 2 frase 1 y
frase 2 (a), así como en virtud de la Ley de Responsabilidad por Productos Defectuosos, prescribirán exclusivamente con arreglo a los plazos de prescripción legales.

§ 13 Protección de datos

Tratamos los datos personales que recopilamos en el contexto de entregas, servicios y ofertas.
exclusivamente en cumplimiento de la normativa aplicable en materia de protección de datos.
Información de conformidad con los artículos 13, 14 del Reglamento general de protección de datos (UE) n.º 2016/679 sobre
Este tratamiento de datos personales se describe en nuestra política de privacidad en
https://www.toennjes.de/datenschutz/, que enviaremos al comprador por escrito si así lo solicita.
En caso de que se nos transfieran datos personales, el comprador está obligado a informarnos de los datos personales en cuestión.
personas a su debido tiempo, de conformidad con el artículo 14 del Reglamento general de protección de datos de la UE nº.
2016/679 sobre el tratamiento de datos por nuestra parte; nos abstenemos de informar al interesado sobre el tratamiento de datos.
persona afectada.

§ 14 Elección de la ley aplicable y del fuero competente

(1) Se aplicará la legislación de la República Federal de Alemania a estas CGC y a la relación contractual entre nosotros y el Comprador.
Alemania con exclusión del Derecho uniforme internacional, en particular la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías.
(2) Si el Comprador es un comerciante en el sentido del Código de Comercio alemán, una persona jurídica de derecho público o
un fondo especial de derecho público, el fuero jurisdiccional exclusivo -también internacional- es
nuestro domicilio social para todos los litigios derivados directa o indirectamente de la relación contractual
Delmenhorst, en la medida en que el comprador tenga su domicilio social en la República Federal de Alemania, en un
Estado de la Unión Europea (UE) o de la AELC. Sin embargo, también estamos autorizados en todos los casos,
Actuación en el lugar de cumplimiento de la obligación de entrega acc. estos ALB o un acuerdo individual prioritario
o en el lugar de jurisdicción general del comprador. Normativa legal prioritaria,
en particular sobre las competencias exclusivas, no se ven afectadas.
(3) Si el Comprador no está domiciliado en la República Federal de Alemania, en un estado de la Unión Europea o en un estado miembro de la
Unión Europea (UE) o la AELC, se celebra el siguiente acuerdo de arbitraje:
Todos los litigios que surjan en relación con este contrato o su validez,
se llevará a cabo de conformidad con el Reglamento de Arbitraje de la Institución Alemana de Arbitraje.
(DIS) en la versión válida en el momento de la incoación, con exclusión del recurso a los tribunales ordinarios.
decidido. El lugar del arbitraje es Bremen. El texto del procedimiento de arbitraje es el siguiente
Alemán. El tribunal arbitral adoptará su decisión sobre la base del fondo acordado
Derecho de reunión. Las decisiones las toman tres árbitros, de los cuales el presidente
deben estar cualificados para ejercer funciones judiciales.